AUTO CONSTITUCIONAL 0208/2021-CA
Fecha: 15-Jun-2021
II.4. Análisis del caso concreto
Se demanda la inconstitucionalidad de la Disposición Transitoria Cuarta de Ley 025, en la frase: “…hasta la designación de las y los nuevos servidores judiciales…” y el art. 3.I de la Ley 003 modificado por el art. 2 de la 040, en la frase: “Se declaran transitorios todos los cargos (…) y juzgados…”, por ser presuntamente contrarios al art. 178.II de la CPE.
En la presente acción de inconstitucionalidad concreta, la accionante la precisado correctamente las normas cuestionadas como son la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 025 y el art. 3.I de la Ley 003 modificado por el art. 2 de la Ley 040, por ser presuntamente contrarios al art. 178.II de la CPE, normas que sirvieron de sustento legal al Acuerdo de Sala 16/2020 y el Memorándum CM-DIR.NAL.RR.HH.-NJ-018/2020, mismos que habrían ocasionado su despido arbitrario como Jueza de carrera; puesto que, las normas cuestionadas declararían la transitoriedad de los cargos judiciales, disponiendo la automática cesación de funciones, vulnerando el principio de independencia judicial contenida en al art. 178.II de la CPE, sin respetar la carrera judicial; puesto que, fue formada en el Octavo Curso de Formación Inicial para Jueces, promocionado por el Instituto de la Judicatura e incorporada a dicha carrera por mandato de la Disposición Transitoria Sexta de la Ley Fundamental.
- Sala Plena del Consejo de la Magistratura
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.1. Normas impugnadas y precepto constitucional supuestamente infringido
- en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
- entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad de la norma contra la que se promueve la acción
- La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo
- Las Acciones de Inconstitucionalidad
- Fragmento 9
- procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependerá de la constitucionalidad de leyes
- II.4. Análisis del caso concreto
- 11 de febrero de 2020
- RATIFICAR