AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2021-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2021-O

Fecha: 17-Jun-2021

I.2.1. Informe de las autoridades demandadas

Jorge Alejandro Vargas Villagómez, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, por informe escrito, presentado el 21 de abril de 2021, cursante de fs. 210 a 211, señaló que, la SCP 0289/2020-S4 fue conocida por su Sala el “01 de marzo”, y con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto, solicitó antecedentes al Tribunal de origen, logrando verificar la existencia del AS 223/2020-RRC, que declaró infundado el recurso de casación interpuesto por el procesado penalmente; por lo que, ante la ejecutoria de la Sentencia 45/2015, conforme a lo previsto por el art. 39 del Código de Procedimiento Penal (CPP), al tener la calidad de cosa juzgada impide ingresar al análisis de fondo de la excepción planteada al encontrarse fenecida su competencia establecido a lo dispuesto por el art. 51 del citado Código.