Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2021-O
Fecha: 17-Jun-2021
II.2.
II.2. Por Auto de Vista 18/2019 de 17 de junio, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, resolvió el recurso de apelación restringida interpuesto por Hernán Humberto Barroso Antelo, contra la Sentencia 45/2015 de 6 de noviembre, dentro del proceso interpuesto en su contra por la presunta comisión del delito de defraudación aduanera; por el cual, se declaró sin lugar dicho recurso y en consecuencia se confirmó en su integridad la señalada Sentencia (fs. 120 a 125 vta.).
- queja por incumplimiento
- I.1. Contenido de la queja por incumplimiento
- a)
- I.2.1. Informe de las autoridades demandadas
- sin lugar
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 13
- III.1. De la facultad del Tribunal Constitucional Plurinacional para conocer y resolver denuncias de incumplimiento de Resoluciones Constitucionales
- III.
- 1)
- Primero.-
- Segundo.-
- Tercero.-
- Cuarto.-
- Quinto.
- el incumplimiento o la demora en la ejecución de fallos de primera instancia, conlleva a la adopción de mecanismos previstos por el art. 17 del CPCo, en cuyo mérito el juez o tribunal de garantías, tiene las facultades para adoptar todas las medidas necesarias a fin de hacer cumplir sus determinaciones
- III.2. Procedimiento aplicable a las denuncias de incumplimiento de las Sentencias Constitucionales Plurinacionales
- la sala que emitió la sentencia con calidad de cosa juzgada, resolverá mediante Auto Constitucional la queja interpuesta por demora o incumplimiento a resolución constitucional con calidad de cosa juzgada, debiendo confirmar total o parcialmente o en su caso revocar, la decisión del juez o tribunal de garantías
- Fragmento 25
- En mérito al tenor literal de la disposición antes señalada, se establece que la parte dispositiva de toda decisión constitucional con calidad de cosa juzgada es de cumplimiento obligatorio para las partes procesales
- III.4. Alcance de la SCP 0
- 1º CONCEDER
- III.5. Análisis de la queja por incumplimiento
- HA LUGAR