SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2021-S2

Fecha: 02-Jun-2021

III.2.  Análisis del caso concreto

De los antecedentes cursantes en actuados, se tiene la emisión de la Sentencia 46/2015 de 30 de septiembre, declarándose improbada la demanda contencioso tributario seguida por la ahora tercera interesada contra la Gerencia Distrital Cochabamba del SIN (Conclusión II.1); por lo que, tras interponerse recurso de apelación, se expidió el Auto de Vista 015/2018 de 12 de noviembre, el cual revocó la decisión impugnada, anulando obrados hasta la emisión de una nueva resolución sancionatoria (Conclusión II.2), aspecto que motivó la presentación del recurso de casación por parte de la prenombrada entidad, dictándose el Auto Supremo 698/2019 de 25 de noviembre, que falló declarando infundado ese medio recursivo (Concusión II.3).

Ahora bien, corresponde mencionar que, la presunta lesión de derechos que denuncia la entidad impetrante de tutela emerge del pronunciamiento del Auto Supremo 698/2019, a través del cual las autoridades demandadas habrían aplicado de forma errónea la normativa tributaria a objeto de posibilitar la convertibilidad de la sanción de clausura en los servicios de las notarías cuando hayan incurrido en la contravención de no emisión de facturas en más de una oportunidad, enunciando a su criterio una decisión carente de fundamentación y motivación; por lo que, a continuación corresponde el análisis de la determinación cuestionada en función a la compulsa de los argumentos que motivaron el recurso de casación por parte de la Gerencia Distrital Cochabamba del SIN y el contenido de la respuesta otorgada por el precitado Auto Supremo.