Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2021-S4
Fecha: 02-Jun-2021
b)
b) Pago de subsidio de frontera a todos los trabajadores que se encuentren en zona fronteriza; punto en el que las partes no llegaron a ningún consenso; por lo que, el Presidente del Tribunal, tomando como referencia el art. 12 del DS 21137 de 30 de noviembre de 1984, señaló que el subsidio de frontera es aplicable a todos los trabajadores del sector público cuyo lugar de trabajo se encuentra dentro de los cincuenta kilómetros lineales de las fronteras internacionales, disposición que rige también, para las empresa privadas.