Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2021-S4
Fecha: 02-Jun-2021
c)
c) Suscripción de contratos por tiempo indefinido; sobre el que el Tribunal arbitral, dejando constancia de que las partes no llegaron a ningún consenso, recomienda la aplicación del art. 2 del DL de 16 de febrero de 1979, a cuyos alcances debe regirse YPFB, puesto que la prohibición de más de dos contratos sucesivos a plazo fijo, es general.