SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2021-S4

Fecha: 10-Jun-2021

a)

La parte impetrante de tutela, se ratificó en los términos expuestos en su demanda de la presente acción de amparo constitucional y ampliándolos; señaló que: a) Conforme el Memorándum E.O. 18/39 de 10 de enero de 2018, ascendió de Cabo a Sargento Segundo, a partir del 1 de febrero del mismo año, ocurriendo una situación sui generis; pues en el momento que obtuvo el título universitario en provisión nacional, efectivamente termina el grado de cabo y ya estaba en proceso de ascenso, porque los ascensos se dan con un año de anterioridad; entonces este beneficio no es posible aplicarlo en el grado de Cabo y el derecho conseguido mediante la Resolución Administrativa 0413/17, queda vigente y patentizado; b) En la merituada impugnación sostuvo que la interpretación normativa no debe realizarse de manera estricta, sino a la luz de los principios constitucionales, que surgieron con la actual Norma Suprema y no con la Ley Orgánica de la Policía Nacional que data de 1985; y, c) Ante el cuestionamiento de la Sala Constitucional; señaló que, el 2017 cuando se le cuestionó sus años de antigüedad, hizo conocer ante la entonces Comisión de Apelación el beneficio y reconocimiento de acumulación de dos años, pero no solicitó su aplicación.