Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0261/2021-S2
Fecha: 24-Jun-2021
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante por medio de su representante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, a la dignidad, a la defensa, a un recurso efectivo, al debido proceso, a la salud y a la vida; puesto que, los Fiscales de Materia asignados al caso, no obstante haber justificado su incomparecencia a brindar su declaración informativa al estar aislado por el COVID-19, libraron mandamiento de aprehensión en su contra, para posteriormente de manera ilegal dejarlo en suspenso; lo cual, resulta una persecución indebida que no pudo ser corregida por la Jueza de la causa, encontrándose en indefensión al no tener a quien acudir para hacer prevalecer sus derechos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR