SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2021-S2

Fecha: 28-Jun-2021

i)

José Terrazas Méndez, Gerente General de COTEL Ltda., a través de su Director Jurídico a.i. de esa entidad, por informe escrito de 1 de julio de 2020, cursante de fs. 777 a 780 vta., manifestó que: i) El impetrante de tutela no cumplió con el principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional; puesto que, no interpuso recurso de complementación y enmienda contra el Auto Supremo confutado; ii) La acción de defensa que nos ocupa fue interpuesta después de los seis meses de notificado el acto lesivo; es decir, que concurre el principio de inmediatez de este medio de tutela; iii) No es posible que la jurisdicción constitucional ingrese a realizar una labor de valoración de la prueba como pretende el accionante; ya que, está restringida a la competencia de los jueces ordinarios; y, iv) Las cuestiones denunciadas por el solicitante de tutela no fueron objeto del proceso laboral, concurriendo la figura de actos consentidos.