SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2021-S4

Fecha: 17-Jun-2021

a)

Los demandados Sabino Mamani Patzi, Leoncio Mamani Patzi, Francisco Mamani Patzi, Bruno Ramos, Isidro Mamani, Sabina Salome de Mamani, Carmen Mollo de Mamani, Alberto Condori Flores, Willy Mamani Lucana, Amalia Pañuni Flores, Edgar Pañuni Ramirez, Juan Tola Huanca y Víctor Flores Pañuni, a través de su abogado, manifestaron lo siguiente: a) La situación expuesta fue debatida en la acción tutelar presentada anteriormente, en la que se determinó que en ningún momento se le ha vulnerado el derecho al agua, ya que el accionante jamás había solicitado la conexión de agua potable; b) Los demandados reestablecieron la conexión que supuestamente destruyeron en cumplimiento de la resolución que la autoridad emitió en la anterior acción de amparo constitucional; por tanto, existe cosa juzgada; sin embargo, se denuncian indebidamente nuevos hechos de violencia, se debe abrir un proceso penal investigativo por parte del Ministerio Publico, para resolver los mismos y no en esta instancia constitucional, existiendo en la presente acción de defensa de subsidiariedad; por lo que, debe ser declarada improcedente, denegándose la tutela solicitada; c) Existe contradicción en la demanda, puesto que el Certificado Médico que se presenta, refiere que el 25 de julio de 2020 habría sido agredido el solicitante de tutela por cuatro personas, no así por las catorce que demanda actualmente; y, d) El impetrante de tutela indica que desde el 2017 no le quieren conectar el agua; empero, en realidad no ha adquirido ese derecho porque nunca ha cumplido con los usos y costumbres de la comunidad y menos ha presentado solicitud alguna para que se le de paso al agua; por otro lado, para habilitarle la conexión del agua en setenta y dos horas, se le ha pedido mediante nota escrita que acredite su derecho de propiedad sobre su terreno y que haga el pago de sus compromisos económicos, no habiendo cumplido con dicha petición.

Luego de escuchar las fundamentaciones de las partes, la autoridad constituido en Juez de garantías, trató de acercar a estas para que lleguen a un acuerdo conciliatorio satisfactorio; sin embargo, no fue posible la misma, dado que el impetrante de tutela no estuvo dispuesto a negociar por el proceso penal por despojo que inició contra las autoridades de la comunidad, indicando que solo conciliaría respecto a la conexión del agua potable y el cumplimiento de los compromisos económicos pendientes de pago que estaba dispuesto a cumplirlos para que se le reconecte el agua; no así respecto de las agresiones físicas que le propinaron los hermanos comunarios Sabino Mamani Patzi, Leoncio Mamani Patzi, Francisco Mamani Patzi, Isidro Mamani, Justina Mamani, Sabina Salome de Mamani y Carmen Mollo de Mamani el 25 de julio de 2020.