SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2021-S3

Fecha: 23-Jun-2021

II.1.

II.1.  Por providencia de 17 de marzo de 2020, la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, determinó que en función al art. 33.1, 4 y 5 del Código Procesal Constitucional (CPCo), Marina Valencia Garrut, como parte accionante subsane la acción de amparo constitucional interpuesta, estableciendo con precisión el nexo causal entre los hechos relatados y los derechos que alega como vulnerados, entre otros aspectos, bajo la previsión normativa de tenerse por no presentada la acción, si dichas observaciones no son subsanadas dentro del tercer día de su notificación, conforme lo establece el art. 30.I.1 del citado Código, determinación que fue notificada a la impetrante de tutela vía WhatsApp en la misma fecha, conforme se evidencia a partir de la diligencia realizada (fs. 678 a 679).