SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0321/2021-S3
Fecha: 23-Jun-2021
II
El accionante denuncia la vulneración de su derecho a la propiedad, y los principios de “seguridad jurídica”, veracidad, verdad material y pro actione; señalando que adquirió en la zona Norte Distrito 211, UV 211, Manzana 4, en la Urbanización Villa Florida en el departamento de Santa Cruz- Warnes, terrenos con una superficie de 6.940,70 m2, debidamente inscrito en DD.RR. bajo la matrícula 7.01.1.06.0086825, y tomando posesión de su propiedad realizó trabajos de limpieza y nivelación del terreno para efectuar la planimetría y estacado para su individualización, procediendo un topógrafo a delimitar los dieciocho terrenos quedando los mismos con límites y linderos; una vez concluida dicha tarea se ausentó para trabajar en el campo, enterándose posteriormente que las delimitaciones de los terrenos signados con los números del uno al cinco, habrían sido retiradas; asimismo, entre el 3 y 23 de diciembre de 2019, los accionados y otras personas desconocidas avasallaron sus predios alzando muros de cerramiento, construcciones e instalaciones de medidores de energía eléctrica y agua potable, no pudiendo ingresar más a sus lotes debido a que se encuentra completamente cerrados con paredes de ladrillo.