Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2021
Fecha: 07-Jul-2021
I.2. Admisión y citación
Por AC 0208/2019-CA de 2 de septiembre, cursante de fs. 16 a 22, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, admitió la acción de inconstitucionalidad abstracta, disponiendo que se ponga a conocimiento de la Presidenta de la Asamblea Legislativa Plurinacional, en representación del Órgano emisor de la norma impugnada, a objeto que pueda formular los alegatos en el plazo de quince días; acto procesal cumplido el 5 de agosto de 2020, conforme al formulario de citaciones y notificaciones cursante a fs. 50.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1.1. Síntesis de la acción
- I.2. Admisión y citación
- a)
- Fragmento 5
- I.
- II.
- Artículo 270.
- IV.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de inconstitucionalidad abstracta
- generalidad
- acción directa, porque a través de ella la autoridad legitimada efectúa la impugnación sin que la supuesta incompatibilidad esté vinculada a la solución de un caso concreto’
- normativo de alcance general
- III.2. Falta de fundamentación en acciones de inconstitucionalidad
- Fragmento 15
- fundamentada, explicando congruentemente las razones
- Fragmento 17
- e)
- III.
- IMPROCEDENTE