SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0298/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0298/2021-S2

Fecha: 15-Jul-2021

i)

Ante las preguntas planteadas en audiencia por los Vocales de la Sala  Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, el accionante mediante su abogada, señaló que: i) La Resolución del proceso disciplinario no fue impugnada porque sin importar que acción hubiese asumido administrativamente, el resultado sería el mismo; ii) Consideró que cuenta con la pertinencia académica por haber ejercido la docencia en esas materias por más de cuarenta años; y, iii) El acto u omisión indebido es la vulneración de los derechos al trabajo y al debido proceso; puesto que, al no haberse realizado un proceso administrativo oportuno al Rector del prenombrado Instituto ordenado por el Ministerio de Educación, procedieron a no asignarle materias y retirarle su sueldo.

En la audiencia de garantías a las preguntas realizadas por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de La Paz, al Director Académico demandado, expreso que: i) La nueva malla curricular aprobada el 2018, dio lugar a una reducción del 50% la carga horaria; en la gestión 2019, ante la falta de pertinencia académica, se solicitó que el accionante gestione su reubicación al Subsistema de Educación Regular como maestro normalista; y, ii) Al constatarse de su inasistencia al mencionado Instituto, pese al pago de su sueldo y la obligación a asistir al Instituto hasta lograr su reubicación, se declaró la acefalia del cargo.