SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2021-S2

Fecha: 19-Jul-2021

Fragmento 22

De lo mencionado precedentemente, se advierte que el impetrante de tutela acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo Cochabamba, denunciando despido injustificado de su fuente laboral; así, el Jefe de la referida institución emitió la Conminatoria MTEPS-JDT CO-076/19, instando a la empresa T-PROMOCIONA BOLIVIA S.R.L. a través de su representante legal, proceder a la reincorporación laboral del accionante, en el último cargo que venía desempeñando sus funciones, la cancelación de los salarios devengados y demás derechos laborales que le corresponda hasta el día de su reincorporación efectiva; otorgándosele el plazo de tres días improrrogables, computables a partir de su notificación, prohibiéndose toda clase de acoso laboral y discriminación contra el trabajador; asimismo, el Inspector de la aludida Jefatura Departamental, dictó el Informe de verificación de reincorporación CITE: MTEPS-JDT CO-UTSI CBBA-HEM-1195-INF/19, concluyendo que se incumplió la señalada Conminatoria que fue notificada el 18 de junio de 2019, a la prenombrada empresa.