SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0340/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0340/2021-S4

Fecha: 26-Jul-2021

II.9.

II.9.    Por Informe de la Junta Vecinal FEPJUVECAR de 18 de agosto de 2020, se pone a conocimiento de las autoridades judiciales que Margarita Mamani Mamani es legítima poseedora de un lote de terreno de 600 m², ubicado en la urbanización Panamericana de la Colonia Bautista Saavedra, L-69, que se encuentra sobre la av. Panamericana (camino Caranavi-Alto Beni, en cuyo interior se tiene una habitación ahora deteriorada, un baño, instalaciones de una chanchería, entre otros, posesión que es permanente e ininterrumpida, quien es reconocida como única y legítima vecina de dicho lote de terreno. Aclarando que el 14 de agosto de 2020, a horas 13:00 aproximadamente Emiliana Soliz Saavedra y Rodolfo Antonio Soza Soliz, no solo impidieron a Margarita Mamani Mamani pueda introducir material de construcción a su lote, para construir su vivienda, sino que recibió agresiones físicas sobre su humanidad. Siendo objeto de un avasallamiento por los primeros de los nombrados, quienes en la única entrada que tiene dicho lote pusieron muros de madera, alambres de púas y calaminas, impidiendo que la ahora accionante pueda ingresar a su propiedad, no obstante que es una persona adulta mayor y requiere de mayor protección (fs. 12).