SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0347/2021-S2
Fecha: 22-Jul-2021
II.2. Impugnación al Requerimiento Conclusivo de Sobreseimiento
Considerando en su apartado “II.2. Impugnación al Requerimiento Conclusivo de Sobreseimiento” (sic); en cuanto, al recurso de impugnación contra la mencionada Resolución de Sobreseimiento presentado el 24 de junio de 2019, dentro del plazo establecido en el art. 324 del CPP, señalando como argumentos de impugnación: i) La existencia de un acta de audiencia complementaria de conciliación, donde el imputado asumió su responsabilidad y culpa al admitir delante de la autoridad fiscal haberse apropiado del bien inmueble perteneciente a todos los hijos y de esta manera resarcir el daño ocasionado; ii) Las actas de conciliación no fueron remitidas oportunamente por el entonces Fiscal de Materia; siendo que, con este se tenía oportunidad de una salida alternativa de suspensión condicional del proceso; y, iii) La solicitud de revocatoria de la referida Resolución de Sobreseimiento, disponiendo se emita acusación formal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.3.
- III.
- toda decisión emitida dentro de un proceso penal
- y si éste igualmente incurre en la misma omisión, quedará abierta la jurisdicción constitucional para que acuda a la misma en busca de protección a sus derechos a la seguridad jurídica y de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, cuyo alcance no abarca, como se dijo, a que la parte acusadora pretenda que este Tribunal obligue a un Fiscal a presentar obligatoriamente la acusación si no únicamente a que dicha autoridad emita su requerimiento conclusivo debidamente fundamentado
- a tiempo de analizar la fundamentación y motivación desplegada por los Fiscales de Materia, se debe considerar el momento procesal de la investigación penal; es decir, que, en los actos iniciales no se puede exigir la misma intensidad argumentativa que en los momentos conclusivos de la investigación penal; por cuanto, una resolución de rechazo de denuncia, y la de sobreseimiento -formas de requerimientos conclusivos de la etapa preliminar y preparatoria-, son el resultado del análisis de los actos investigativos, en tanto que, una desestimación solo obedece al incumplimiento de las formalidades o presupuestos para la activación de la etapa inicial de la investigación
- primero, relativo a la congruencia externa
- el principio de congruencia no constituye un parámetro infranqueable al momento de resolver las impugnaciones y emitir las resoluciones jerárquicas, de manera que durante el análisis del requerimiento objetado, la entonces Fiscal Departamental codemandada, se encontraba facultada para examinar y considerar otros elementos del aludido requerimiento aunque no hubiesen sido rebatidos por las partes; sin embargo, dicha autoridad en resguardo del debido proceso, estaba obligada a fundamentar y motivar expresamente respecto a cada uno de los aspectos que fueron considerados para revocar el requerimiento expedido por el Fiscal de Materia, en observancia del principio de congruencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- II. Fundamentos Jurídicos de la Resolución Jerárquica
- II.2. Impugnación al Requerimiento Conclusivo de Sobreseimiento
- II.3. Análisis y Fundamento de la Resolución
- Fragmento 17
- CONFIRMAR