SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2021-S2

Fecha: 22-Jul-2021

i)

Paola Evelín Caero Carvajal, Encargada Departamental de la Oficina Gestora de Procesos del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través de informe escrito presentado el 28 de agosto de 2020, cursante de fs. 68 a 69, señaló que: i) La Coordinadora de Gestión de Audiencias de su dependencia estaba con baja médica; lo que, generó una sobre carga procesal; no obstante, dentro sus posibilidades y atribuciones conferidas por ley continuó viabilizando el cumplimiento efectivo de las notificaciones; ii) Las diligencias generadas dentro del caso penal seguido contra el impetrante de tutela, le fueron remitidas el 25 del indicado mes y año, sin especificar que se trataban de audiencias o que eran urgentes, no siendo responsabilidad de su despacho verificar ese aspecto ni el contenido de las mismas; ya que, se constituyen en un ente administrativo y por ende no tiene acceso a los actuados judiciales; y, iii) De igual forma no se le puede atribuir que los formularios para notificación sean generados de manera errada, esto es sin especificar que el objeto de los mismos era un señalamiento de algún acto procesal a realizarse.