SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0374/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0374/2021-S2

Fecha: 26-Jul-2021

i)

Joaquín Fernando Zenteno Sejas, en representación de EMIPA S.A., por informe escrito de 31 de agosto de 2020, cursante de fs. 798 a 806 vta., indicó que:    i) Contra la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/FRC/CONM 060/2020, se interpuso recurso de revocatoria; el que se encuentra pendiente de resolución; ii) El 25 de igual mes y año, en similar acción de amparo constitucional planteada por extrabajadores de la nombrada Empresa, al evidenciarse las ilegalidades de la otra Conminatoria de Reincorporación JDTSC/FRC/CONM 059/2020, se denegó la tutela por no contar la misma con la debida fundamentación ni valoración de la prueba; iii) La entidad demandada se hallaba en imposibilidad material de restituir a los trabajadores; por cuanto, acreditó que el yacimiento no producía más mineral, no siendo posible cumplir con los salarios; iv) Efectuó el depósito judicial de los beneficios sociales de los trabajadores retirados, a fin de no desampararlos; v) No obstante, la documentación presentada ante la autoridad administrativa, esta no fue debidamente valorada para emitir un criterio fundado; y, vi) Al incumplirse con el debido proceso, la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/FRC/CONM 060/2020, no podía aplicarse en la justicia constitucional; por lo que, solicitó se deniegue la tutela, con costas.