SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0418/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0418/2021-S3

Fecha: 29-Jul-2021

Sobre la congruencia

Con relación a la alegada incongruencia; por una parte, entre lo controvertido en audiencia de cesación de la detención preventiva y los agravios presentados en audiencia de apelación; y por otra parte, en el Considerando “tres” del Auto de 20 de marzo de 2020, en el que se abordó el tema de la Disposición Transitoria Décima Segunda de la Ley 1173; empero, en ningún momento se llegó a resolver y señalar por qué no se atiende su petición; al respecto se tiene que ambos reclamos fueron considerados por el Vocal ahora accionado, sin que se evidencie que el mismo se haya apartado de los agravios presentados en el recurso de apelación incidental formulado por la accionante; por lo que, en ese sentido, y en consideración a que el principio de congruencia externa, conforme a la SCP 1083/2014 de 10 de junio, es entendido como: “…el principio rector de toda determinación judicial, que exige la plena correspondencia o coincidencia entre el planteamiento de las partes (demanda, respuesta e impugnación y resolución)”; se advierte que el Auto de Vista de 7 de julio de 2020 absuelve todos los aspectos puestos a su consideración de manera coherente y ordenada, encontrándose la correcta relación de los argumentos expuestos -conforme se analizó precedentemente-, y los fundamentos del Vocal hoy accionado, con base normativa y análisis fáctico; y, la parte resolutiva concordante con lo anterior aclarando que si bien se reconoció la falta de fundamentación y motivación del Auto de 20 de marzo de igual año; empero, el Vocal ahora accionado aclaró que subsanó esa omisión conforme ordena la jurisprudencia constitucional y tomando en cuenta que la accionante pretendía que se anule el referido Auto, se declaró improcedente el recurso, motivo por el que no se incurrió en incongruencia; correspondiendo en consecuencia denegar la tutela solicitada sobre ese punto.