Antecedentes Procesales: Argumentos de la resolución recurrida en casación.
I.1. Argumentos de la resolución recurrida en casación.
De acuerdo a la Cláusula Primera del Testimonio de la Escritura Pública N° 284/20245 de 18 de julio, se evidenció que los hoy demandados José Sossa Flores y Gladys Cárdenas Azad, declararon ser únicos y legítimos propietarios de una pequeña propiedad rural y ganadera denominada “San Sebastián” con una extensión superficial aproximada de 279.3500 ha. y que posteriormente por efecto del saneamiento, se titula la indicada propiedad se titula con el nombre de “La Reserva” con una superficie de 230.8245 ha., inscrito en la Oficina de Derechos Reales (DD.RR.) bajo la matricula computarizada Nº 9.01.1.01.0008114 y que por así convenir a sus intereses otorgaron en calidad de transferencia los derechos que les pudiera corresponder sobre dicho predio rural a favor de Ludwig Reyes Stumvoll por el precio de adjudicación que se establece en la Resolución Administrativa 1413/2008.
Señaló que, de acuerdo a la Cláusula Primera del documento cuya nulidad se demanda, no cabe duda que los propietarios transfirieron sus acciones y derechos respecto a la pequeña propiedad y por efecto, el comprador también adquirió estas acciones y derechos, siendo el contrato un acuerdo de voluntades para constituir, modificar o extinguir entre si una relación jurídica, el mismo debe ser interpretado conforme previene el art. 510 del Código Civil (CC), averiguando cual fue la intención de las partes al momento de contratar, mencionó que en el caso concreto, se evidenció con meridiana claridad que la intención de los vendedores era la transferencia a título oneroso la cuota, acciones o derecho que les corresponde en el predio denominado “La Reserva” del cual son copropietarios de acuerdo al Título Ejecutorial, cursante de fs. 9 a 10, y respecto al comprador Ludwig Reyes Stumvoll, la de adquirir a título de compra las acciones o derechos de sus vendedores del predio de referencia, mas no el total del predio, sometiéndose a las reglas de la copropiedad, lo que evidencia que dicho documento de transferencia es válido en el marco de lo dispuesto en el art. 519 del Código Civil, lo que demuestra la inexistencia de la causal de nulidad establecida en el art. 549 núm. 1) del Código Civil.
En cuanto a la nulidad del Testimonio de Poder Nº 754/2018 insertado en la Escritura Pública de transferencia Nº 284/2018, el Juez de la causa señalo que, si bien el mismo en su Cláusula Primera establece que José Sossa Flores y Gladys Cárdenas Azad son propietarios de una pequeña propiedad denominada “La Reserva” con una superficie de 230.8245 ha.; sin embargo, el alcance del acto, fue interpretado en la suscripción del documento de transferencia, en su condición de copropietarios.
En cuanto a la causal de anulabilidad prevista en el art. 554 num.1 del Código Civil, respecto a la falta de consentimiento, mencionó que existe falta de consentimiento cuando en la celebración del contrato, una o más partes contratantes no manifiestan su acuerdo con el contrato ni realizan actos que hagan presumir su acuerdo con el contrato, en cuya situación el acto jurídico es invalido; correspondiendo a los afectados que no dieron su consentimiento demandar la anulabilidad del contrato. En el caso en análisis, se evidencia que tanto a momento de la suscripción del Poder Nº 754/2028 de 16 de julio, como en el documento de transferencia de acciones y derechos establecido en el Testimonio de la Escritura Pública 284/2018 de 19 de octubre -debió decir 18 de julio de 2018- las partes suscribientes dieron su consentimiento el que no fue desvirtuado en el presente proceso.
Concluyó que la parte demandante no probó los puntos de hecho fijados a tal efecto, por su parte el codemandado Ludwig Reyes Stumvoll demostró que suscribió el Testimonio de la Escritura Pública Nº 284/2018 de 18 de julio en pleno uso de sus atribuciones otorgadas en el Testimonio de Poder Nº 754/2028 de 16 de julio, transfiriendo las acciones y derechos que les pudiera corresponder a los vendedores, intencionalidad que fue corroborada por el informe de apoyo técnico el cual estableció que los copropietarios ahora demandantes están ejerciendo su posesión de manera normal sin perturbaciones de ninguna naturaleza.
- Encabezado
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- Antecedentes Procesales: Argumentos del Recurso de Casación
- Antecedentes Procesales: Contestación al recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal.
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. Valoración de la prueba.
- FJ.II.2. El derecho al debido proceso y sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones.
- FJ.II.3. Respecto a las causales de nulidad establecidas en el art. 549 del Código Civil.
- FJ.II.4. La acción de anulabilidad.
- FJ.II.5. Análisis del caso concreto.
- Por Tanto 1
