Antecedentes: Trámite procesal
I.4. Trámite procesal
I.4.1. Auto que concede el recurso.
Tramitado el recurso de casación, la Juez Agroambiental de Camargo del departamento de Chuquisaca, mediante Auto de 19 de febrero de 2024, que cursa a fs. 530 de obrados, concede el recurso ante el Tribunal Agroambiental, disponiendo la remisión del expediente bajo constancia en obrados.
I.4.2. Decreto de Autos para Resolución.
Remitido el expediente, es signado con el número 5529-RCN-2024, referente al proceso de Desalojo por Avasallamiento y por decreto de 7 de marzo de 2024 cursante a fs. 537 de obrados, se decreta Autos para resolución.
I.4.3. Convocatoria y sorteo de expediente.
Mediante decreto de 2 de abril de 2024 cursante a fs. 540, se señala el 4 de abril de 2024, fecha para sorteo, convocando al Magistrado Rufo Nivardo Vásquez Mercado, para conformar Sala, a objeto de la suscripción del presente Auto, en función al principio de celeridad procesal y servicio a la sociedad consagrados en el art. 76 de la Ley N° 1715 y el art. 178 de la Constitución Política del Estado y la competencia otorgada por la Declaración Constitucional Plurinacional 49/2023 de 11 de diciembre de 2023.
En 4 de abril de 2024, se procedió al sorteo de la presente causa conforme consta a fs. 543 de obrados.
- Encabezado
- Antecedentes: Argumentos que sustentan la Resolución recurrida en casación.
- Antecedentes: Argumentos del Recurso de Casación
- Antecedentes: Argumentos de la respuesta al recurso de casación.
- Antecedentes: Trámite procesal
- Antecedentes: Actos procesales relevantes.
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. El proceso de desalojo por avasallamiento (naturaleza jurídica y finalidad).
- FJ.II.2. Sobre el principio de congruencia, motivación y fundamentación en las resoluciones agroambientales.
- FJ.II.3. Acerca de la trascendencia de las nulidades procesales de oficio, ante vulneración de normas de orden público, conforme lo establecido en el art. 17 de la Ley N° 025.
- FJ.II.4. El Juez y su rol como director del proceso.
- FJ.II.5. Análisis del caso concreto
- Por Tanto 1
