Considerando 1
CONSIDERANDO: Que, por memorial de fecha 06 de junio de 2017, la actora demanda Desalojo por Avasallamiento, manifestando que de la minuta de transferencia de fecha 03 de mayo de 2002, se evidencia que el Sr. Elías Orozco Montaño le ha transferido un terreno rural a riego, ubicado en la Comunidad de Thago Thago Alta, del Municipio de Mizque, con una extensión superficial de 0,3306 Hectáreas, argumentando que el día domingo 03 de abril de 2016 a Horas: 15:00 p.m., los demandados Elías Orozco Montaño y Ariel Orosco Coca, mediante hechos de violencia y amenazas, la despojaron de su parcela rural, hecho que motivo a la demandante que en fecha 20 de mayo de 2016, presente una demanda de Interdicto de Recobrar la Posesión ante este despacho judicial, manifestando que la misma cuenta con sentencia de fecha 03 de octubre de 2016, que en la parte resolutiva dispone la restitución del terreno en el plazo de 3 días. Asimismo expone, que en el mes de diciembre de 2016, los demandados Elías Orosco Montaño, Ariel Orosco Montaño y Víctor Orozco Montaño, procedieron a arar y sembrar maíz en toda la extensión del terreno, cuya producción ha sido cosechada en el mes de mayo. Asimismo la demandante señala que por auto de 19 de enero de 2017, se dispuso que los demandados restituyan la fracción de terreno en su favor y por auto de fecha 24 de febrero de 2017, se expidió mandamiento de lanzamiento con facultad de allanamiento, haciendo caso omiso los demandados. Manifestando la demandante que se encuentra despojada por avasallamiento de su parcela desde el 03 de abril de 2016. Por lo expuesto, solicita el desalojo de su propiedad por avasallamiento y consiguiente restitución de la parcela motivo de conflicto.
Solicitando su petición en virtud a los argumentos esgrimidos y de conformidad a lo establecido por los Arts. 1, 2, 3, 4 y 5 de la Ley No. 477 de fecha 30 de diciembre de 2013, interpone demanda de Desalojo por Avasallamiento contra Elías Orozco Montaño y Ariel Orosco Coca.
- Encabezado
- Considerando 1
- Considerando 2
- Por Tanto 1
- AUTO NACIONAL AGROAMBIENTAL S1ª Nº 55/2017
- Considerando 3
- La Existencia De Sentencia Ejecutoriada Sobre Demanda Interdicta De Recobrar La Posesión No Impide Conocer Y Resolver Proceso De Desalojo Por Avasallamiento
- Aplicación Errónea De La Ley N° 477 Contra El Avasallamiento Y Tráfico De Tierras
- Inexistencia De Fundamentación Y Motivación En El Auto Objeto De Recurso De Casación
- Considerando 4
- Por Tanto 2
