Por Tanto 2
POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en mérito a la potestad conferida por el art. 189.1. de la Constitución Política del Estado Plurinacional, art. 277.1. del Código Procesal Civil y art. 87.IV de la Ley 1715, en virtud de la jurisdicción que por ella ejerce falla, declarando IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 199 a 203 vlta., con costas.
Se regula el honorario profesional del abogado en la suma de Bs. 800.- que mandará hacer efectivo el juez a quo.
No firma la Dra. Deysi Villagómez Velazco, por ser de voto disidente.
Notifíquese, regístrese y devuélvase.-
Fdo.
Magistrado Sala Segunda Dr. Lucio Fuentes Hinojosa.
Magistrado Sala Segunda Dr. Bernardo Huarachi Tola.
