Auto I. Definitivo No. 13/2017
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto I. Definitivo No. 13/2017

Fecha: 25-Abr-2017

Considerando 5

CONSIDERANDO: Que, los demandantes Apolinar Flores Copajira y Zulema Callata Cachi de Flores, interponen recurso de casación en el fondo contra el Auto Definitivo No. 13/2017 de 25 de abril de 2017, con los siguientes fundamentos:

Señalan, que el Auto Definitivo No. 13/2017 de 25 de abril de 2017, contiene infracción a los arts. 1286 del Cód. Civ. y 145 del Cód. Procesal Civ., ya que el Juez de instancia, no habría apreciado la prueba de acuerdo a la valoración que le otorga la ley, debido que no habría tomado en cuenta la prueba documental de cargo consistente en certificaciones, que acreditarían fehacientemente los daños y perjuicios ocasionados dentro la demanda de Interdicto de Retener la Posesión.

Refieren, que no se habría valorado la prueba documental consistente en la Sentencia, que en su parte resolutiva declara PROBADA la demanda de Interdicto de Retener la Posesión, ordenando a la Sra. Felisa López Aguirre, al resarcimiento de daños y perjuicios ocasionados y condenando en costas; tampoco se habría valorado el Auto Nacional Agroambiental, que declara Infundado el Recurso de Casación en la forma y fondo con costas y regulando honorarios del abogado.

Indican, que la prueba testifical no fue apreciada en estricto apego a los arts. 1286 y 1330 del Cód. Civ., concordantes con el art. 186 de la Ley N° 439, ya que los tres testigos habrían corroborado de manera uniforme los daños y perjuicios respecto de la propiedad agraria, declarando que los accionantes habrían sufrido daños y perjuicios.

Finalmente solicitan que con los argumentos expuestos se Case el Auto Definitivo y declare probada la demanda de Resarcimiento de Daños y Perjuicios.