Por Tanto 2
POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en mérito a la potestad conferida por el art. 189.1 de la Constitución Política del Estado Plurinacional, y el art. 87. IV de la L. N° 1715, art. 220-II de la Ley 439; y la jurisdicción que por ella ejerce declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 254 a 260, planteado por Eloy Flores Flores y otros, con costas.
Se regula el honorario profesional del abogado en la suma de Bs. 1000 que mandará hacer efectivo la juez a quo.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.-
Fdo.
Magistrado Sala Segunda Dr. Lucio Fuentes Hinojosa.
Magistrada Sala Segunda Dra. Deysi Villagomez Velasco.
Magistrado Sala Segunda Dr. Bernardo Huarachi Tola.
