Expediente: Nº 798
Tribunal Agroambiental Bolivia

Expediente: Nº 798

Fecha: 30-Sep-2020

Antecedentes Procesales: Argumentos De Las Resoluciones Recurridas De Casación O Nulidad.

I.1. ARGUMENTOS DE LAS RESOLUCIONES RECURRIDAS DE CASACIÓN O NULIDAD.

A través de la Sentencia de N° 02/2020 de fecha 30 de septiembre de 2020, emitida por el Juez Agroambiental de Tarabuco del departamento de Chuquisaca, cursante de fs. 48 a 51 y vta. de obrados, se declara probada la demanda de Desalojo por Avasallamiento interpuesta por la parte demandante, con los siguientes argumentos: 1) Se tiene como hechos probados, que los actores son propietarios de la pequeña propiedad agrícola en cuestión; resultado de la emisión del Título SPD-NAL-166455 a favor de Paulina Cruz Mamani de Javier y Eugenio Javier Zeballos, derecho propietario que fue comprobado mediante audiencia de Inspección; evidenciándose que los demandados ingresaron a la propiedad, avasallando una superficie de trescientos cuarenta y ocho metros cuadrados (348 mts2.), respaldado por el informe del Técnico del Juzgado cursante de fs. 41 a 46 de obrados. 2) Establece como hechos no probados, que los demandados no han probado el derecho propietario de los 348 metros cuadrados de la superficie de terreno que se encuentra avasallado; manifestando además que habiéndose extendido el Titulo Ejecutorial por el INRA a favor de los actores, se encuentra perfeccionado su derecho propietario y 3) Señala que del estudio de la Ley N° 477 se puede afirmar, el ingreso a la parte de la propiedad de los actores, por parte de los demandados y proceder a preparar el terreno para la siembra, como así se evidencia de la inspección realizada, los hechos se subsumen a lo prescrito por el art. 3 de la Ley N° 477, constituyéndose en avasallamiento una parte de la propiedad agrícola, toda vez que los demandados han invadido y ocupado la propiedad de los actores y el hecho de haber realizado el trabajo de preparar el terreno para siembra constituye factor determinante de avasallamiento.