FJ.II.3. 1 Sobre el recurso de casación en la forma
El recurrente señaló que no se cumplió con lo dispuesto en el art. 83.2) de la Ley No 1715, por cuanto su petición de aplicación de medidas precautorias no fue resuelta antes de la sentencia, aspecto que constituye causal de nulidad, sin reposición y no susceptible de convalidación, conforme establece el art. 220.III.1. inc. c) de la Ley No. 439). Al respecto, en el caso concreto, conforme consta en obrados no se presentó ninguna excepción ni prueba para sustentarla, por lo que mal podría la autoridad jurisdiccional haberla resuelto.
Asimismo, la parte recurrente señala que no se cumplió con lo dispuesto en el art. 83.5) de la Ley No 1715, por cuanto, antes de admitir la prueba de cargo y de descargo, no se fijó el objeto de la prueba , es decir los hechos a probar para las partes, omisión que también es causal de nulidad conforme lo dispuesto en el art. 220 de la Ley 439. Sobre el tema, es necesario recordar que el precedente agroambiental contenido en el AAP 75/2019 de 18 de octubre, entendió que dada la naturaleza sumarísima del proceso de desalojo por avasallamiento, el Juez agroambiental puede prescindir del establecimiento de puntos a probar.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la sentencia recurrida en casación o nulidad
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación
- 1.4 1. Decreto de Autos para resolución
- 1.4 2. Sorteo
- 1.5 1. A fs. 2 cursa Certificado de Emisión del Título Ejecutorial, del predio "El Chaparral" MPE-NAL-002765, con una superficie de 551.1235 ha, ubicado en el departamento de Santa Cruz, provincia Cordillera, Municipio Lagunillas, con fecha de emisión 3 de febrero de 2016, cuyos titulares son: Irma Peralta de Medrano y Leonardo Medrano Coca; derecho propietario inscrito en el Registro de Derechos Reales, Folio Real actualizado de la Matrícula Computarizada 7.07.0.10.0000093, de 02 de octubre de 2020 (fs.4).
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. 1 El recurso de casación en materia agroambiental
- FJ.II.1. 2 El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución
- FJ.II.2. 1. Naturaleza jurídica y finalidad
- FJ.II.2. 2. Requisitos o presupuestos concurrentes de procedencia del proceso de desalojo por avasallamiento, coherentes con su naturaleza jurídica y características configuradoras
- FJ.II.3. 1 Sobre el recurso de casación en la forma
- FJ.II.3. 2. Respecto al recurso de casación en el fondo
- Por Tanto 1
- Por Tanto 2
