Encabezado
AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a 073/2021
Expediente: 4329/2021
Proceso: Interdicto de Recobrar la Posesión
Partes: Gustavo Cortez Beites y Ruperta Beites Galean contra Francisco Cortez Guerrero, Francisco Burgos López, Francisca Barbara Bamba Gutiérrez de Burgos, Félix Zevedeo Cortez Guerrero y Domitila Cortez Guerrero de Bejarano.
Recurrentes: Félix Zevedeo Cortez Guerrero y Domitila Cortez Guerrero de Bejarano.
Resolución recurrida: Sentencia 01/2021 de 12 de abril de 2021, pronunciada por el Juez Agroambiental de la Prov. Méndez- Tarija
Distrito: Tarija
Asiento Judicial: San Lorenzo
Fecha: 13 de septiembre de 2021
Magistrada Relatora: Dra. Ángela Sánchez Panozo
Los recursos de casación cursantes de fs. 430 a 434 y de fs. 518 a 525 vta., interpuestos por Félix Zevedeo Cortez Guerrero y Domitila Cortez Guerrero de Bejarano respectivamente, en su calidad de demandados y ahora recurrentes, contra la Sentencia 01/2021 de 12 de abril de 2021, cursante de fs. 392 a 396 vta., pronunciada por el Juez Agroambiental de la provincia Méndez- Tarija, dentro del proceso de Interdicto de Recobrar la Posesión, interpuesto por Gustavo Cortez Beites y Ruperta Beites Galean contra Francisco Cortez Guerrero, Francisco Burgos López, Francisca Barbara Bamba Gutiérrez de Burgos, Félix Zevedeo Cortez Guerrero y Domitila Cortez Guerrero de Bejarano.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos que sustentan la sentencia del Juez Agroambiental de la provincia Méndez
- Antecedentes Procesales: Argumentos de los recursos de casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación a los recursos de casación
- 1.4 1. Decreto de Autos para resolución
- 1.4 2. Sorteo
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. 1 El recurso de casación en materia agroambiental
- FJ.II.1. 2 El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución
- FJ.II.2. Naturaleza jurídica del Interdicto de Recobrar la Posesión
- FJ.III.1. Recurso de casación en la forma: Referente a la falta de fundamentación y motivación en la sentencia recurrida, toda vez que no se relacionó los requisitos de procedencia de la acción de Interdicto de Recobrar la Posesión con los medios de prueba de cargo y descargo, es decir, que no se realizó una valoración integral de la prueba producida durante la tramitación del proceso.
- FJ.III.2. Recurso de casación en el fondo: Respecto a que no fue legalmente notificado, por tanto, no desvirtuó ninguno de los puntos de hecho a probar fijados para la parte actora y que la autoridad judicial realizó una incorrecta valoración de la prueba.
- Por Tanto 1
- Por Tanto 2
