SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª N° 77/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª N° 77/2023

Fecha: 20-Dic-2023

Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes en sede administrativa

I.5. Actos procesales relevantes en sede administrativa

De la revisión y compulsa de los antecedentes del proceso de Saneamiento Simple de Oficio (SAN-SIM), polígono N° 146 del predio denominado “Oraciviquia”, se establece lo siguiente:  

I.5.1. De fs. 94 a 95 cursa, documento privado de “Contrato de compra venta del predio rustico” de 10 de enero de 2001 con reconocimiento de firmas, por el cual Francisco Sandoval Alderete y Rosa María Farfán de Sandoval transfieren en favor de Juan Arnez Montenegro, un bien inmueble rústico denominado “La Esperanza”, ubicado en el cantón San Miguel, provincia Velasco del departamento de Santa Cruz, mismo que fue obtenido mediante trámite de dotación agraria Expediente N° 57560. En el referido contrato, se establece que, el comprador Juan

Arnez Montenegro adoptará para el bien inmueble una nueva denominación, “Oraciviquia”. 

I.5.2. A fs. 119 cursa, Certificado de Registro de Marca, emitido por la Federación de Ganaderos de Santa Cruz (FEGASACRUZ), en fecha 09 de abril de 2012, a nombre de Juan Arnez Montenegro, respecto a la propiedad “Oraciviquia” (Ex La Esperanza). 

I.5.3. De fs. 120 a 123 cursan, Certificados de Vacunación contra la Fiebre Aftosa, respecto al predio “Oraciviquia” de Juan Arnez Montenegro. 

I.5.4. De fs. 125 a 127 cursa, la Resolución Administrativa RU-ABT-SJC-PGMF672/2014 de 04 de agosto de 2014; la cual, en su parte resolutiva, entre otros aspectos, dispone: PRIMERO: Aprobar en todos sus términos el Plan General de Manejo Forestal Mayor a 200 hectáreas de la propiedad privada denominada "ORACIVIQUIA", con una superficie bajo Manejo de 3.341,8800 hectáreas … cuyo propietario del predio es el señor Juan Arnez Montenegro (...) QUINTO. - La presente autorización no acredita derecho propietario sobre el fundo, y en caso de surgir conflictos, se suspenderá de inmediato el permiso (...)”. 

I.5.5. De fs. 130 a 134 cursa, la Resolución Administrativa RU-ABT-SJC-PGMF01536-2017 de 25 de octubre de 2017; que, en su parte dispositiva, entre otros aspectos, resuelve:PRIMERO.- Aprobar en todos sus términos la Reformulación del Plan General de Manejo Forestal de la ‘Propiedad Privada ORACIVIQUIA’, en una superficie de 2411.71 Has., ubicado en el Municipio de San José, Provincia Chiquitos del Departamento de Santa Cruz, presentado por el señor Juan Arnez Montenegro … quedando de este manera establecidas las especies sujetas al aprovechamiento, las superficies de aprovechamiento y demás datos técnicos contenidos en la documento PGMF y su ficha técnica … SEGUNDO.- Reducir la superficie del Plan General de Manejo Forestal aprobado mediante Resolución Administrativa RU-ABT-SJC-PGMF-672/2014 de fecha 04 de agosto de 2014 a favor de la ´Propiedad Oraciviquia’ en una superficie inicial de 3341.88 ha, a la superficie de 2411.71 ha, (...) SEXTO.- Indicar que el ciclo de corta solicitado es de 20 años para el Plan General de Manejo Forestal, y contando con la vigencia del mismo a partir de la aprobación del PGMF con la Autorización Resolución Administrativa RU-ABT-SJC-PGMF-672/2014 de fecha 04 de agosto de 2014. SÉPTIMO. - Con relación a los POAFs autorizados mediante Resolución Administrativa RU-ABT-SJC-POAF-1189-2014 y RU-ABT-SJC-POAF-11872014, las mismas deben cumplir el ciclo de corta establecido. (...) NOVENO.- La presente otorgación del derecho forestal y aprobación del Plan General de Manejo forestal no acredita declaratoria de derecho de propiedad alguno, sólo está referida al aprovechamiento forestal sostenible y al instrumento de gestión forestal presentado, por lo que los titulares del derecho forestal se someten a los resultados del proceso de saneamiento legal de ejecutarse por el Instituto Nacional de Reforma Agraria-INRA y ante cualquier conflicto al respecto, se procederá a su revocatoria.”

I.5.6. De fs. 142 a 145 cursan, Contratos de Trabajo a Plazo Fijo de fecha 02 de enero de 2019, suscritos entre Obwaldin Viana Subirana y Enrique Paz Taco como trabajadores y Juan Arnez Montenegro, propietario del predio “Oraciviquia”, como Empleador. 

I.5.7. A fs. 146 cursa, Acta de Conteo de Ganado, en la que se registra 584 bovinos 7 equinos. 

I.5.8. De fs. 147 a 150 cursa, formulario de Verificación FES de Campo levantado, que registra 584 bovinos y 7 equinos y 50 ha de pastizales cultivados; y como mejoras se tiene casa y corrales; en “Observaciones”, se señala expresamente: “Se detalla: Manejo Forestal 2411.71”

I.5.9. A fs. 151 cursa, Registro de Mejoras, en el que se registra Potrero de data 2010, corral de 1996, vivienda de 2010 y PGMF de 2411.71 ha, del año 2014, todos con sus respectivas coordenadas de ubicación; también, se encuentra un croquis de ubicación de dichas mejoras, donde se deja ver que el PGMF se encuentra sobre el área.

I.5.10. De fs. 152 a 158 cursa, Fotografías de Mejoras del predio “Oraciviquia”.

I.5.11. A fs. 159 cursa, Certificado de Continuidad de Posesión, firmado por Carmelo Bailaba Casupá, quien certifica que Juan Arnez Montenegro se encuentra en posesión pacífica, pública y continuada del predio Oraciviquia, a partir del 10 de enero de 1991 sin afectar derechos por terceros, en continuidad de la posesión de Francisco Sandoval Alderete, quien se encontraba en posesión pacífica de dicho predio desde el 26 de junio de 1991. 

I.5.12. A fs. 160 cursa, Declaración Jurada de Posesión Pacífica del predio, en la cual se señala que Juan Arnez Montenegro está en posesión del predio

“Oraciviquia” desde el 26 de junio de 1991. 

I.5.13. A fs. 286 de los antecedentes, cursa Nota DDSC-RE. CITE N° 239/2018 de 26 de noviembre, a través de la cual, el Director Departamental del INRA Santa Cruz le solicita al Director Regional SENASAG Santa Cruz, información sobre los antecedentes históricos de movimiento de ganado y certificación de vacunación emitidas desde el año 1996 hasta la fecha, correspondiente a Juan Arnez Montenegro, como beneficiario del predio “Oraciviquia”, ubicado en el municipio de San José de Chiquitos de la provincia Chiquitos del departamento de Santa Cruz.

Mediante Nota SENASAG/SCZ/JDSC/ASASC/00631/2019 de 30 de julio, el Jefe Departamental SENASAG Santa Cruz se dirige al Director Departamental del INRA Santa Cruz, informándole expresamente, lo siguiente: “Revisada la base de datos de nuestro Sistema Gran Paitití, se encuentran registros de inscripción de predios y movimiento de ganado de las personas ya mencionadas, sin embargo, las ubicaciones de las mismas se encuentran en la Provincia Velasco (...)”.  

I.5.14. De fs. 302 a 314 cursa, el Informe en Conclusiones de 31 de diciembre de 2019; que en su partes principales señala: “Documentación aportada por Beneficiario que Acredita Derecho de Propiedad y Arma Tradición Agraria los siguientes: (...) Documento de Compraventa de predio rústico, en fecha 10 de enero del 2001 el señor Francisco Sandoval Alderete en calidad de beneficiario inicial transfiere la propiedad rústica denominado LA ESPERANZA consignado en el expediente N° 57560, con una superficie de 2420.5830 has. según documentos y según mensura la superficie de 4692.3686 has. a favor de Juan Arnez

Montenegro. (...) 1. EXPEDIENTES SOBREPUESTOS AL PREDIO MENSURADO EN CAMPO. - (...) Conforme al análisis realizado en el presente informe técnico el expediente N° 57560 denominado LA ESPERANZA que consigna la superficie de 2420.5830 has. Misma se sobrepone 100% al predio denominado ORACIVIQUIA, y en relación a la superficie del Plan General de Manejo Forestal (PGMF) otorgado a favor del predio que se sobrepone al expediente agrario 57560, en un 100% y (...) c). - ANÁLISIS MULTITEMPORAL. - Mediante Informe Técnico DDSC-R.E.-INF. N° 457/2019 de fecha 28 de mayo de 2019 y conforme al análisis del presente informe multitemporal del predio ORACIVIQUIA señala lo siguiente, de la cobertura del predio no se puede distinguir con claridad en las imágenes satelitales Landsat-tm, escena 229/071, mejoras de los años 1996, 2000, 2005, 2010, 2015 y 2017, se indica que al existir dificultad en distinguir actividad en el área por tal motivo no se pudo apreciar con claridad la actividad antrópica en el predio ORACIVIQUIA, anterior al año 1996. Al respecto, en estricta aplicación sobre la verificación directa en el predio, (...) En relación al Cumplimiento de la FES en el expediente agrario N° 57560 denominado LA ESPERANZA, según su Sentencia Agraria producto del trámite de dotación establece que en el año 1991 existía 450 cabezas de ganado vacuno, 15 Equinos y 65 Porcinos, siendo su actividad principal ganadera y sus derivados y los trabajos que se realizaban con personal asalariado, lo que significa que conforme a estos datos consignados del expediente a partir del año 1991 en el predio ya se cumplía con la función económica social; Por último, el señor Juan Arnez Montenegro presenta Resolución Administrativa RU-ABT-SJCPGMF-01536-2017 de fecha 25 de octubre de 2017, en el que se Resuelve: Aprobar la Reformulación del Plan de Manejo Forestal de la propiedad privada ORACIVIQUIA, por una duración de 20 años a una superficie de 2411.7100 Has. Demás datos técnicos contenidos en el PGMF ubicado en el Municipio de San José, Provincia Chiquitos del Departamento de Santa Cruz; Con relación a la antigüedad de la posesión, según Formulario de Declaración Jurada de Posesión Pacífica del Predio, establece que el beneficiario tiene la posesión pacífica, pública y continuada del predio desde el Beneficiario inicial desde la fecha 26 de julio de 1991, debidamente certificado por la Comunidad Campesina Miraflores CASIQUE del municipio de San Rafael Provincia Velasco refrendado con sello y firma del dirigente de la organización social. (...) 7. CUMPLIMIENTO DE LA FUNCIÓN ECONÓMICA SOCIAL (...) Como cumplimiento de la FES, se consideró la consideró la cantidad de ganado existente en el predio consigna 584 de ganado Bovino y 7 Equinos, más la superficie de 50.000 Has, de Pastizales cultivados, haciendo un total de 3,005.0000 Has. Asimismo, considerando la superficie aprobado por la (ABT) del Plan General de Manejo Forestal (PGMF) que se sobrepone al Expediente Agrario N° 57560 denominado LA ESPERANZA, más la superficie considerada para la proyección de crecimiento el 30%, el conjunto de estos aspectos en la planilla de cálculo FES nos da como resultado la superficie final par consolidación de 6032.3378 has. a favor del predio “ORACIVIQUIA”. En su acápite “8. CONCLUSIONES Y SUGERENCIAS”, sugiere dictar Resolución Administrativa Modificatoria, de la Sentencia del expediente N° 57560, sobre la superficie de 2416.0290 ha y Vía adjudicación la superficie de 3616.3088 ha; que hacen una superficie total a reconocer de 6032.3378 ha, a favor de Juan Arnez Montenegro, clasificada como empresarial ganadera. 

I.5.15. A fs. 331 cursa, Informe Técnico Legal de Control de Calidad Interno DDSC-RE. INF N° 58/2020 de 31 de enero de 2020, en cuyo acápite “4.- CONCLUSIONES Y SUGERENCIAS” señala expresamente: “Los actuados de la carpeta de saneamiento cumplen con todos los estándares de calidad y se encuentran en el marco de la normativa vigente, por lo que se sugiere pasar a la siguiente etapa del proceso de saneamiento hasta su titulación.” 

I.5.16. De fs. 367 a 368 cursa, Informe Técnico Legal DGST-JRLL-INF-SAN N° 176/2020 de 18 de septiembre de 2020, complementario al Informe en Conclusiones, por el cual se señala que debe considerarse la tolerancia de 2% a la superficie de 2420.5830 ha y el restante vía adjudicación de conformidad al art. 274 de Decreto Supremo N° 29215, sugiriendo dictar Resolución Administrativa Modificatoria, de la Sentencia del expediente N° 57560, sobre la superficie de 2468.9947 ha y vía adjudicación de 3563.3431 ha, haciendo un total de 6032.3378 ha a consolidar.