SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1° N° 005/2023
Fecha: 20-Mar-2023
2.- Subsanación de la Demanda;: Actos procesales relevantes en Sede Administrativa;
I.7.
Actos procesales relevantes en Sede Administrativa;
Entre los actos más relevantes
llevados a cabo en Sede Administrativa, de acuerdo a la carpeta predial de
saneamiento, bajo la modalidad de Saneamiento de Tierras Comunitarias de Origen
(Polígono 556), Titulado Exp. I-27697, predio "Tucumán”, se tiene los
siguientes actos procesales administrativos:
I.7.1. De fs. 1 a 45 de la carpeta predial de saneamiento se tiene el expediente Agrario N° 53827 correspondiente al predio “El Retoño” tramitado ante el Ex Consejo Nacional de reforma Agraria.
I.7.2. De fs. 46 a 59 de la carpeta predial de saneamiento Resolución de Inmovilización N° RAI-TCO 0017 de 18 de julio de 1997; Resolución Determinativa de Área de saneamiento de Tierras Comunitarias de origen N° RAD-TC-0020-98 de 27 de agosto de 1998; Resolución Determinativa de Sub áreas N° R-ADM-0025-99 de 16 de febrero de 1999 y Resolución Instructoria N° R-ADM-TCO-0026-99 de 12 de marzo de 1999 respectivamente.
I.7.3.
A fs. 73 de la carpeta predial de saneamiento cursa la ficha técnica del predio
“Tucumán” de uso agrícola suscrita por Tomas Juchani Lovera.
I.7.4.
De fs. 76 a 81 de la carpeta predial de saneamiento cursa registro de función
económico social, croquis de la parcela, croquis de mejoras y registro de
mejoras respectivamente.
I.7.5.
A fs. 99 de la carpeta predial de saneamiento cursa el Acta de identificación
de vértices correspondiente al predio “Tucumán”
I.7.6.
A fs. 149 de la carpeta predial de saneamiento cursa el plano preliminar de la
propiedad agraria “Tucumán” que entre sus observaciones indica que la presente
ficha no acredita derecho propietario con una superficie de 2236.9949 ha.
I.7.7.
De fs. 151 a 154 de la carpeta predial de saneamiento cursa el Informe
Circunstanciado de campo.
I.7.8.
A fs. 182 de la carpeta predial de saneamiento cursa el Plano predial de
“Tucumán” con una extensión superficial de 2222.1925 ha.
I.7.9.
De fs. 386 a 396 de la carpeta predial de saneamiento, cursa el Informe de
Evaluación técnica Jurídica en el que sugiere el proceso de titulación en favor
de Tomas Juchani Lovera el predio “Tucumán” la superficie de 2099.0557 ha.
I.7.10.
De fs. 413 a 416 de la carpeta predial, cursa el Informe en Conclusiones
respecto al proceso de saneamiento de la TCO Isoso Polígono N° 1 de 26 de
agosto de 2002
I.7.11.
De fs. 491 a 496 de la carpeta predial de saneamiento, cursa la Resolución
Suprema Final de Saneamiento N° 225972 de 28 de diciembre de 2005 y acta de
renuncia al plazo de impugnación por parte de Tomas Juchani Lovera en fecha 10
de agosto de 2006.
I.7.12.
A fs. 498 y 499 de la carpeta predial de saneamiento, cursa el pago efectuado
por concepto de tasa de saneamiento y adjudicación correspondiente el predio
“Tucumán” presentado por Tomas Juchani Lovera.
I.7.13.
A fs. 504 y 505 de la carpeta predial de saneamiento cursa la certificación de
la Sala Primera y Segunda del Tribunal Agrario Nacional de que no hubo proceso Contencioso Administrativo contra la
resolución correspondiente al
predio “Tucumán”.
I.7.14.
De fs. 513, 515, 516, 521 dela carpeta predial de saneamiento, cursan
memoriales de solicitud de fotocopias por parte de Tomas Juchani Lovera, acta
de entrega de copias de la carpeta predial del predio “Tucumán”.
I.7.15.
De fs. 530 a 534 de la carpeta predial de saneamiento, cursan informe técnico
sobre relevamiento del predio Tucumán con relación al Expediente Agrario el
Retoño N° 53827, la argumentación con relación al art. 17 del Decreto Ley 3464
de 2 de agosto de 1953 con relación al límite de la superficie de la empresa
agrícola y la superficie de 1007.435 correspondiente a Servidumbre Ecológico
Legal, no realizándose un adecuado control de calidad sobre el cumplimiento de
la función económico social.
I.7.16.
De fs. 536 a 544 de la carpeta predial de saneamiento, cursa Informes 008/2014
de 15 de septiembre de 2014 y 0044/2014 de 20 de junio de 2014 emitidos por el
Viceministerio de Tierras en que hace relación de los actuados y antecedentes
del proceso de saneamiento y sugiere que el INRA emita la Resolución Suprema
Rectificatoria.
I.7.17.
A fs. 545 de la carpeta predial de saneamiento, cursa el memorial de 12 de
junio de 2014 presentado por Tomas Juchani Lovera, en el que pide que las
Resoluciones Administrativas son de cumplimiento, sin embargo, debido a los
informes, solicita se emita la Resolución Suprema Rectificatoria (textual).
I.7.18.
De fs. 555 a 570 de la carpeta predial de saneamiento, cursa Informes Técnico
JRLL-SCS-INF-SAN N° 18/2015 de 08 d enero de 2015 e Informe Técnico Legal
JRLL-SCS-INF-SAN N° 99/2015 de 30 de enero de 2015, que, en su parte relevante,
indica que la superficie a titular sería de 2000.0000 ha. como Empresa Agrícola
en función al art. 17 de la Ley N° 3464.
I.7.19. De fs. 619 a 623 de obrados, cursan en la carpeta predial de saneamiento Resolución Suprema N° 14672 de 06 de mayo de 2025 (Rectificatoria) y notificación realizada en las oficinas de la Dirección Nacional de Instituto Nacional de Reforma Agraria.
I.7.20.
A fs. 624 y 625 de la carpeta predial de saneamiento, cursa actuados de la
Unidad Financiera área de cobranza, actualización y liquidación de deuda y
descargo de recibo de depósito al banco de fecha 08 de junio de 2015.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales
- 2.- Subsanación de la Demanda;
- 2.- Subsanación de la Demanda;: Argumentos de la Contestación a la Demanda
- 2.- Subsanación de la Demanda;: Argumentos del Tercero Interesado
- 2.- Subsanación de la Demanda;: Trámite Procesal
- 2.- Subsanación de la Demanda;: Otras Consideraciones;
- 2.- Subsanación de la Demanda;: Actos procesales relevantes en Sede Administrativa;
- Fundamentos Juridicos
- FJ.1. Naturaleza jurídica de la demanda de Nulidad de Título Ejecutorial
- FJ.II.3. Análisis del caso concreto
- Por Tanto 1