SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 032/2023
Fecha: 29-Ago-2023
Antecentes Procesales: Actuados procesales relevantes en sede administrativa.
I.5. Actuados procesales relevantes en sede administrativa.
De la revisión y compulsa de los antecedentes del proceso de Saneamiento de Tierras Comunitarias de Origen (SAN TCO) Pueblo Indígena Asamblea del Pueblo Guaraní Itika Guasu, respecto a los Polígonos Nros. 951, 952, 102 y 119 del predio denominado “Asociación de Pueblos Guaraníes (YAKU - IGUA)”, ubicado en el municipio Yacuiba, provincia Gran Chaco del departamento de Tarija, se tiene lo siguiente:
I.5.1. De fs. 12 a 24, cursa Resolución Determinativa de Área de Saneamiento de Tierras Comunitarias de Origen RA-ST-018/2004 de 02 de septiembre de 2004, que resuelve dar cumplimiento al a Resolución Ministerial N° 163 de 1 de julio de 2004, emitida por el Ministerio de Desarrollo Sostenible, por la que instruye Determinar el Saneamiento Tierras Comunitarias de Origen el área demandada por la Asamblea del Pueblo Guaraní zona Yacuiba sobre la superficie de 325.970.2973 ha.
I.5.2. De fs. 25 a 33, cursa Resolución Determinativa de Área de Saneamiento de Tierras Comunitarias de Origen “ASOCIACIÓN DE PUEBLOS GUARANIES (YACU-IGUA)” con una superficie de 75.322.4789 ha, ubicadas en los cantones Caiza, Yacuiba y Aguayrenda de la provincia Gran Chaco del departamento de Tarija y Modificar Parcialmente la modalidad de Saneamiento Simple de Oficio a la modalidad de Tierras Comunitarias de Origen.
I.5.3. De fs. 36 a 219, cursa el Informe de Necesidades Espaciales para la demanda Guarani de Tierra Comunitaria de Origen zona YACU+IGÜA (Yacuiba), donde se identifica la necesidad espacial de 309.279.0000 ha, para el Pueblo Indigena Guaranid Yaku+Igüa (Yacuiba).
I.5.4. De fs. 225 a 231, cursa Resolución Suprema 16194 de 31 de agosto de 2015, del Saneamiento Tierras Comunitarias de Origen (SAN-TCO) “ASOCIACIÓN DE PUEBLOS GUARANIES (YACU-IGUA)”, respecto al polígono N° 119 de las propiedades ALGARROBAL, ALGARROBAL II, EL CABALLITO, EL CRISTO DEL MONTE, EL MISTOL, EL PARAISO, EL PERILLAR, LA MORA, LA DUEÑA, LA SALADA, PUESTO EL ALGARROBO y PUESTO EL LAPACHO, ubicadas en el municipio de Yacuiba, provincia Gran Chaco del departamento de Tarija; que, entre otros aspectos, declara Tierra Fiscal la superficie total de 164.5406 ha, respecto a los predios LA SALADA y LA DUEÑA.
I.5.5. De fs. 239 a 241, cursa Resolución Administrativa RA-ST N° 0160/2017 de 03 de octubre de 2017, del Saneamiento Tierras Comunitarias de Origen (SAN-TCO) “ASOCIACIÓN DE PUEBLOS GUARANIES (YACU-IGUA)”, respecto al Polígono N° 102 del predio denominado EL ESCONDIDO, ubicado en el municipio de Yacuiba, provincia Gran Chaco del departamento de Tarija; que, entre otros aspectos, declara Tierra Fiscal la superficie de 9.0071 ha, por incumplimiento de la Función Social, del predio EL ESCONDIDO.
I.5.6. De fs. 259 a 261, cursa Resolución Administrativa RA-ST N° 0044/2018 de 28 de marzo de 2018, del Saneamiento Tierras Comunitarias de Origen (SAN-TCO) “ASOCIACIÓN DE PUEBLOS GUARANIES (YACU-IGUA)”, respecto al Polígono N° 951 del predio denominado TIERRA FISCAL, ubicado en el municipio de Yacuiba, provincia Gran Chaco del departamento de Tarija; que, entre otros aspectos, declara TIERRA FISCAL NO DISPONIBLE la superficie de 1.142.2312 ha, por encontrarse el predio de referencia sobrepuesto al Parque nacional y Área Natural de Manejo Integrado Aguaragüe.
I.5.7. De fs. 273 a 276, cursa Resolución Administrativa RA-ST N° 0133/2019 de 31 de julio de 2019, del Saneamiento Tierras Comunitarias de Origen (SAN-TCO) “ASOCIACIÓN DE PUEBLOS GUARANIES (YACU-IGUA)”, respecto al Polígono N° 952 del predio denominado TIERRA FISCAL, ubicado en el municipio de Yacuiba, provincia Gran Chaco del departamento de Tarija; que, entre otros aspectos, declara TIERRA FISCAL NO DISPONIBLE la superficie de 430.3000 ha, por encontrarse el predio de referencia sobrepuesto al Parque nacional y Área Natural de Manejo Integrado Aguaragüe.
I.5.8. De fs. 285 a 288 vta., cursa el Informe Técnico Legal DGST-JRV-INF-SAN N° 252/2022 de 28 de marzo, respecto a la procedencia de la Dotación de Tierras, que concluye señalando: “…de acuerdo al análisis Técnico Legal efectuado en el presente informe, se sugiere dotar en favor de la ASOCIACIÓN DE PUEBLOS GUARANIES (YACU-IGUA), en mérito a que se encuentra pendiente de cumplimiento la recomendación final del Informe de necesidades Espaciales elaborado por el Viceministerio de Tierras, los predios clasificados como Territorio Indígena Originario Campesino, denominados “ASOCIACIÓN DE PUEBLOS GUARANIES (YACU-IGUA) - ÁREA 1, 2, 3, 4 y 5”, con una superficie total de 1.746.0789 ha.”
I.5.9. De fs. 290 a 294, cursa Resolución Administrativa RA-ST N° 0063/2022 de 31 de marzo de 2022, del Saneamiento Tierras Comunitarias de Origen (SAN-TCO) Pueblo Indígena Asamblea del Pueblo Guaraní Itika Guasu, respecto a los Polígonos Nros. 951, 952, 102 y 119 del predio denominado “Asociación de Pueblos Guaraníes (YAKU - IGUA)”, ubicado en el municipio Yacuiba, provincia Gran Chaco del departamento de Tarija; que, resuelve Dotar vía compensación a favor de la ASOCIACIÓN DE PUEBLOS GUARANIES (YACU-IGUA), debidamente reconocida mediante Personalidad Jurídica, los predios clasificados como TERRITORIO INDÍGENA ORIGINARIO CAMPESINO, con actividad Otros - la superficie total de 1.746.0789 ha; y que, por encontrarse los predios “ASOCIACIÓN DE PUEBLOS GUARANIES (YACU-IGUA) - ÁREA 4 y 5”, sobrepuestos al Parque Nacional y Área Natural de manejo Integrado de la Serranía del Aguaragüe, deberán sujetarse a las normas de uso y conservación del Área Protegida.
- Encabezado
- Antecentes Procesales: Argumentos de la Demanda
- Antecentes Procesales: Argumentos de la Contestación
- Antecentes Procesales: Respuesta de los terceros interesados
- Antecentes Procesales: Trámite procesal.
- Antecentes Procesales: Actuados procesales relevantes en sede administrativa.
- Fundamentos Jurídicos De La Resolución
- FJ.II.1. Naturaleza jurídica del proceso contencioso administrativo.
- FJ.II.2. El derecho al hábitat y los recursos naturales
- FJ.II.3. Sobre el medio ambiente y los derechos de la Madre Tierra.
- FJ.II.4. Análisis del caso en concreto.
- FJ.II.4. i. Se habría dotado vía compensación Tierras Fiscales No Disponibles.
- FJ.II.4. ii. Inexistencia de procedimiento para la dotación por compensación; consecuentemente, vulneración del debido proceso y el derecho a la defensa.
- FJ.II.4. iii. Incumplimiento de la Ley del Medio Ambiente N° 1333.
- Por Tanto 1