Por Tanto 2
POR TANTO: La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, en mérito a la potestad conferida por el art. 189, numeral 1 de la C.P.E. y en virtud de la jurisdicción que por ella ejerce, CASA PARCIALMENTE la Sentencia N° 11//2012 de 23 de noviembre de 2012 cursante de fs. 462 a 468 vta. de obrados; y deliberando en el fondo, declara PROBADA EN PARTE la demanda Interdicto de Recobrar la Posesión de fs. 20 a 22 y subsanación de fs. 30 interpuesta por Arturo Juan Liebers Baldivieso contra Pedro Gonzales Zenteno, Paulina Camacho Ríos de Gonzales y Rodolfo Gonzales Camacho, disponiendo que los referidos demandados en el plazo de 15 días computables a partir de la ejecutoria de la sentencia emitida en el caso de autos por el Juez Agroambiental de San Lorenzo, restituyan a favor del demandante la posesión que ejerce en el galpón, las chancheras y los dos cuartos contiguos, así como el paso de acceso únicamente a dichos ambientes en la superficie de terreno que corresponda, bajo apercibimiento de expedirse mandamiento de desapoderamiento conforme a lo dispuesto por el inc. 1) del art. 613 del Cód. Pdto. Civ.; sin responsabilidad para el juez a quo por ser excusable.
Suscribe el Dr. Javier Peñafiel Bravo, Magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en mérito a proveído de convocatoria para formar sala para resolución de fs. 645 de obrados.
La Magistrada, Dra. Cinthia Armijo Paz, fue de voto disidente.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Fdo.
Magistrado Sala Primera Dr. Juan Ricardo Soto Butrón
Magistrada Sala Primera Dra. Paty Y. Paucara Paco
Magistrado Sala Segunda Dr. Javier Peñafiel Bravo
