En relación a la inclusión del ex funcionario Fernando Torres Chavarría en el Auto de
En relación a la inclusión del ex funcionario Fernando Torres Chavarría en el Auto de Vista, consignando un reintegro por Bs. 47.653,74, siendo evidente que éste no figura en la liquidación que acompaña la sentencia de fs. 405-441, resultan comprobadas las infracciones acusadas en el recurso respecto a los arts. 205 al 208 del Código Procesal del Trabajo y 236 del Código de Procedimiento Civil, por lo que corresponde atenderse este extremo en resolución
- AUTO SUPREMO No. 057-Social Sucre, 23 de enero de 2001
- PARTES: René Salinas y otros c/ Banco del Estado en Liquidación
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que René Salinas Nogales y José Luna Zeballos, en representación de ex funcionarios del
- CONSIDERANDO: Que a fs
- CONSIDERANDO: Del examen del recurso de nulidad y los antecedentes se establece lo siguiente
- Sostiene que la jornada efectiva de trabajo no debe exceder de 8 horas por día
- En relación a la inclusión del ex funcionario Fernando Torres Chavarría en el Auto de
- Sobre la infracción acusada de los arts
- La jornada efectiva de trabajo tiene los límites horarios señalados en el artículo 46 de
- Sobre esta base, se examina si el cálculo de la indemnización debe incluir, en el
- Siendo evidentes las infracciones legales acusadas en el recurso, corresponde observar el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Armando Villafuerte Claros
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 23 de enero de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
