Los recursos de casación venidos a fs
Los recursos de casación venidos a fs. 1670 - 1674 vlta.; 1676 - 1684 vlta.; 1687 - 1691 vlta.; y 1692 - 1696 vlta.; al verificarse que no llevan la firma de los procesados recurrentes y en consideración a que el recurso impetrado no se equipara a un mero trámite en que el abogado podrá firmar por la parte ausente o impedida conforme exige el art. 93 del Cód. Pdto.Civ.; y menos cumple con el contenido del art. 58 del mismo cuerpo de ley, corresponde declararlos improcedentes
- PARTES: Ministerio Público c/ Carlos Soruco Mancilla y otros, tráfico de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que, el Auto de Vista impugnado de fs
- CONSIDERANDO: Que la resolución señalada al exordio ha sido impugnada por los procesados siguientes
- Marisol Ledezma Ledezma a fs
- Los recursos de casación venidos a fs
- Jaime Zabala Justiniano a fs
- Mirko Guillermo Palacios Alvarez y Julieta Claros Montaño de Palacios a fs
- David Salomón Saavedra Herrera e Irma Claros Torrico de Saavedra a fs
- Shirley F
- CONSIDERANDO: Que, expuestos de ese modo los fundamentos esgrimidos por los recurrentes, corresponde determinar el
- Que la exhaustiva y minuciosa revisión de los antecedentes del proceso, permiten establecer los hechos
- Por su parte, el procesado Iván Avila Robles, reconoce ser cierto y evidente que en
- Con relación al principal procesado Jaime Zabala Justiniano, son cuantiosos los indicios y presunciones acumulados
- Contra Mirko Guillermo Palacios Alvarez, Julieta Claros Montaño, David Salomón Saavedra e Irma Claros Torrico
- CONSIDERANDO: Que, del análisis efectuado precedentemente, podemos concluir señalando que con referencia a los procesados
- En lo que respecta a la procesada Marisol Ledezma Ledezma, conocía de la organización delictiva
- CONSIDERANDO: Que la uniforme jurisprudencia del Supremo Tribunal, ha establecido que la verdadera mayestática de
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- Se declaran IMPROCEDENTES los recursos de casación de fs
- No se establece responsabilidad por ser excusable el error en que han incurrido los Vocales
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
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