Auto Supremo AS/0269/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0269/2001

Fecha: 17-Dic-2001

Las fotocopias legalizadas que cursan de fs


Las fotocopias legalizadas que cursan de fs. 40 a 55, entre las que consta la orden instruida debidamente diligenciada, demuestran que Natividad Céspedes de Arévalo, interpuso por ante el Juzgado Tercero en lo Civil del Distrito Judicial de Cochabamba, la acción preparatoria de demanda y emplazamiento al reconocimiento de firmas y rúbricas de Adolfo Valdivia sobre los balances de la sucursal de la funeraria VALDIVIA, que concluyó con el reconocimiento expreso de firmas, según evidencia el Acta de fs. 47. De esta documentación, se infiere que Natividad Céspedes de Arévalo, persiguió en la vía civil el cumplimiento del pago de comisiones a su condición de socia de dicha funeraria y, por tanto, no son ni pueden ser materia del presente proceso social, así como tampoco merecen consideración las acciones hechas ante la Policía Judicial y el sumario penal por ante el Juzgado Quinto de Instrucción en lo Penal, por cuanto en este juicio social sólo corresponde resolver las emergencias resultantes de la relación de trabajo, sin que esas probables acciones enerven la instancia laboral, conforme impone el art. 67 del Código Procesal del Trabajo