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    Auto Supremo AS/0361/2001
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0361/2001

    Fecha: 20-Dic-2001

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    • AUTO SUPREMO N° 361. Sucre, 20 de diciembre de 2001
    • DISTRITO : Beni. JUICIO : Proceso Coactivo
    • PARTES : Banco Agrícola de Bolivia c/ Desiderio Cholima Suárez e Irma Leigue de Cholima
    • RELATOR : Ministro Armando Villafuerte Claros
    • CONSIDERANDO: A fojas 234 vta
    • CONSIDERANDO: Del análisis detenido de la causa en que se examina esencialmente la excepción de
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    • CONSIDERANDO: El proceso coactivo bancario es un proceso especialísimo establecido primordialmente a favor de los
    • El art
    • CONSIDERANDO: La prescripción extintiva es el modo de extinguir los derechos patrimoniales por no ejercerlos
    • El plazo cierto para el vencimiento de toda deuda es el fenecimiento del termino pactado
    • Por lo expuesto la Corte ad quem al pronunciar el auto de vista de fecha
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
    • No interviene la Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez, por excusa declarada legal
    • El Presidente de la Sala Penal, Ministro Dr
    • Relator: Ministro Armando Villafuerte Claros
    • Regístrese y devuélvase
    • Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
    • Dr. Armando Villafuerte Claros
    • Dr. Jaime Ampuero García
    • Proveído : Sucre, 20 de diciembre de 2001
    • Dr. Rodolfo Chavarría Serrudo
    • Secretario de Cámara de Sala Civil.

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