CONSIDERANDO: El proceso coactivo bancario es un proceso especialísimo establecido primordialmente a favor de los
CONSIDERANDO: El proceso coactivo bancario es un proceso especialísimo establecido primordialmente a favor de los bancos estatales, se caracteriza por su trámite expeditivo con un alcance extraordinario al conceder el " auto de solvendo " - hoy auto de intimación de pago-, no sólo el carácter de simple orden de pago de capital, intereses, bajo apercibimiento de costas, sino la calidad de sentencia con todos los efectos y consecuencias jurídicas que implica una decisión final, cuyo procedimiento se enmarca a las disposiciones de los arts. 183 al 190 de la Ley General de Bancos No. 608 de 11 de julio de 1.928 - normas vigente en la época- en que se suscribió el documento de crédito y se inicio la acción, que data de fecha 20 de marzo de 1986
- AUTO SUPREMO N° 361. Sucre, 20 de diciembre de 2001
- DISTRITO : Beni. JUICIO : Proceso Coactivo
- PARTES : Banco Agrícola de Bolivia c/ Desiderio Cholima Suárez e Irma Leigue de Cholima
- RELATOR : Ministro Armando Villafuerte Claros
- CONSIDERANDO: A fojas 234 vta
- CONSIDERANDO: Del análisis detenido de la causa en que se examina esencialmente la excepción de
- 2
- 3
- 4
- CONSIDERANDO: El proceso coactivo bancario es un proceso especialísimo establecido primordialmente a favor de los
- El art
- CONSIDERANDO: La prescripción extintiva es el modo de extinguir los derechos patrimoniales por no ejercerlos
- El plazo cierto para el vencimiento de toda deuda es el fenecimiento del termino pactado
- Por lo expuesto la Corte ad quem al pronunciar el auto de vista de fecha
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- No interviene la Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez, por excusa declarada legal
- El Presidente de la Sala Penal, Ministro Dr
- Relator: Ministro Armando Villafuerte Claros
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Dr. Armando Villafuerte Claros
- Dr. Jaime Ampuero García
- Proveído : Sucre, 20 de diciembre de 2001
- Dr. Rodolfo Chavarría Serrudo
- Secretario de Cámara de Sala Civil.
