Auto Supremo AS/0139/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0139/2001

Fecha: 03-Jul-2001

CONSIDERANDO: Que en el presente caso, la Administración de Impuestos Internos de la ciudad de


CONSIDERANDO: Que en el presente caso, la Administración de Impuestos Internos de la ciudad de Cochabamba, mediante la Resolución Determinativa impugnada Nro. 15/97 de 24 de marzo de 1997, de oficio y presuntivamente impuso en contra del Colegio Americano Internacional de Bolivia (AIS/B), el sujeto pasivo, la obligación de pagar importes por impuestos omitidos (IVA Formularios 143-2059, RC-IVA e IT), intereses y multas por mora, incumplimiento a deberes formales y multa del 100% por el delito de defraudación; a cuya consecuencia, de la revisión de los antecedentes procesales y las pruebas presentadas en seis (6) Anexos, se establecen los extremos siguientes:

1.- El sujeto pasivo presentó a la Dirección de Impuestos Internos la nómina del total de sus alumnos (fs. 468-469 3er. Anexo) y el kardex individualizado de los mismos (fs. 478-848 3er. Al 5to. Anexo) que reflejan la situación escolar y económica de cada alumno. Estas pruebas, conforme evidencian la Sentencia y el Auto de Vista pronunciados a fs. 215-219 y 232-233, respectivamente, no fueron analizadas y menos compulsadas por el a quo y el ad quem, por lo que resulta ilegal el "muestreo" y la "presunción" practicadas por el sujeto activo