Auto Supremo AS/0163/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0163/2001

Fecha: 26-Jul-2001

CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes del proceso, se establece lo siguiente


CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes del proceso, se establece lo siguiente:

En relación a la interpretación de los alcances del D.S. 17030 de 3 de agosto de 1979 que estableció la exención tributaria sobre el pago del Impuesto a las Utilidades a favor del Banco de La Paz S.A., hasta la suma de $us. 1.200.000, destinados a la inversión de sus oficinas y dependencias, debe tomarse en consideración que la exención fue dispuesta bajo la vigencia del Código Tributario aprobado en julio de 1970, en consecuencia, se trata de una dispensa que establece condiciones y requisitos pero que explícitamente no alcanza a los tributos instituidos con posterioridad, salvo disposición expresa de ley tributaria en contrario y que puede ser sujeta a derogatoria o modificación por ley posterior, salvo que tenga plazo de duración. (arts. 62 a 65)