Auto Supremo AS/0163/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0163/2001

Fecha: 26-Jul-2001

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en uso de la facultad prevista en el art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial y en desacuerdo con el dictamen del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 187, CASA el Auto de Vista de fs. 110-110 vta. y deliberando en el fondo, declara IMPROBADA la demanda, en consecuencia, firme la Resolución Determinativa LP-002 N° 000048 de 12 de febrero de 1996, únicamente respecto al valor del tributo omitido, sin lugar a imponerse la sanción por no estar demostrada la defraudación fiscal que así lo justifique. Sin responsabilidad por ser excusable. Para formar Resolución, interviene el Dr. Guillermo Arancibia López, Ministro de la Sala Social Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación