de sustancias controladas
SALA PENAL
AUTO SUPREMO No 385 Sucre 10 de octubre de 2002
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Ministerio Público c/ Isidoro Corrales Andrade y otra, tráfico
de sustancias controladas
AUTO SUPREMO No 385 Sucre 10 de octubre de 2002
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Ministerio Público c/ Isidoro Corrales Andrade y otra, tráfico
de sustancias controladas
- de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que en el marco de la previsión contenida en el art
- En grado de apelación la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia de
- CONSIDERANDO: Que impugnando el Auto de Vista mencionado recurren de nulidad y/o casación los co-procesados
- CONSIDERANDO: Que a pesar de existir duda razonable en cuanto si el recurso de nulidad
- 2º
- En este orden conceptual, la pena debe ser entonces la contingencia social al déficit individual
- 4º
- CONSIDERANDO: Que de lo anteriormente expuesto y fundamentado, en forma inequívoca se tiene que los
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Se recomienda a los Señores Vocales y Secretario de Cámara de la Sala Penal, ejercer
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Proveído.- David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara
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