Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0112/2002
Fecha: 09-Mar-2002
Regístrese y devuélvase
Regístrese y devuélvase
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AUTO SUPREMO N° 112. Sucre, 9 de marzo de 2002
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DISTRITO : Cochabamba. JUICIO : Compulsa
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PARTES : Bernardina Castro vda
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RELATOR : Ministro doctor Kenny Prieto Melgarejo
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RESULTANDO: Que, el recurso de compulsa ha de circunscribirse a establecer con apoyo legal, si
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En el caso de autos, de los antecedentes que se acompañan se establece
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CONSIDERANDO: Que, esimportante efectuar una diferenciación entre la concesión del recurso de casación y la
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En cambio, la caducidad de instancia, es un instituto procesal en virtud del cual, ante
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En la especie, del estudio de la documentación que en testimonio se acompaña, se infiere
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Por lo expresado se concluye, que la caducidad decretada es correcta, por concurrir las causas
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POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
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No interviene el Ministro Armando Villafuerte Claros, por encontrarse ausente en misión oficial
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Relator: Ministro Dr. Kenny Prieto Melgarejo
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Regístrese y devuélvase
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Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
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Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
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Proveído : Sucre, 9 de marzo de 2002
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Dra. Teresa Rosquellas Fernandez
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Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
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