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    Auto Supremo AS/0201/2002
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0201/2002

    Fecha: 05-Jun-2002

    roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.


    roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
    • AUTO SUPREMO No. 201-Social Sucre, 05 de junio de 2002
    • PARTES: Lita Pedraza Ortíz c/ Diana Estela Cardellini de Calvo
    • RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
    • CONSIDERANDO: Que el recurso interpuesto, se concentra en acusar la falta de valoración de la
    • CONSIDERANDO: Que del análisis de los antecedentes se establece lo siguiente
    • La controversia principal radica en establecer, por una parte, si corresponde el pago de beneficios
    • Tanto la sentencia cuanto el Auto de Vista omiten considerar en detalle los alcances de
    • Tal forma de resolución de la controversia laboral, particularmente respecto a los efectos del estado
    • Tomando en consideración que el objeto del proceso social es el reconocimiento de los derechos
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Para formar Resolución, se convoca al Dr. Kenny Prieto Melgarejo, Ministro de la Sala Civil
    • Regístrese y devuélvase
    • Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
    • Dr. Carlos Rocha Orosco
    • Dr. Kenny Prieto Melgarejo
    • Sucre, 05 de junio de 2002
    • roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.

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