Contra la resolución de segunda instancia, el demandante recurre de casación en la forma y
Contra la resolución de segunda instancia, el demandante recurre de casación en la forma y en el fondo. En el primer caso, señala que el Auto de Vista se hubiera dictado faltando pronunciamiento expreso y falta de trámites y diligencias declaradas esenciales y penadas con nulidad y en el fondo acusa la violación de los arts. 1321 del Cód. Civ., 56, 347, 404-II, 408 de su Procedimiento y art. 12 de los Estatutos de la Fábrica Nacional de Cemento, FANCESA de 1963 y de 1987, acusa también que el auto de vista contiene disposiciones contradictorias, así como incurre en error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas, finalmente acusa violación de los arts. 43, 52 de la Ley SAFCO y art. 3° del D.L. 14933 de 29 de septiembre de 1977
- DISTRITO : Chuquisaca JUICIO : Ordinario - Cumplimiento de contrato
- RELATORA: Ministra doctora Emilse Ardaya Gutiérrez
- CONSIDERANDO: Pronunciado nuevo auto de vista en cumplimiento del Auto Supremo N° 88 de fs
- Contra la resolución de segunda instancia, el demandante recurre de casación en la forma y
- CONSIDERANDO: De la revisión de los obrados en función del recurso interpuesto, se tienen los
- La empresa demandada a fs
- El a quo por proveído de fs
- CONSIDERANDO: Que, en función a los antecedentes anotados y al recurso planteado por la empresa
- En el sub lite, no existe norma legal que castigue con nulidad expresa a los
- En cuanto a la casación en el fondo, no es evidente que el Tribunal ad
- Respecto a la violación de los arts
- En cuanto a la afirmación del recurrente en sentido que el tribunal ad quem hubiera
- En el sub lite, el tribunal ad quem al pronunciar el auto de vista recurrido,
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 12 de junio de 2002
- Dra. Teresa Rosquellas Fernández
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
