Por su parte el Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, en su recurso de nulidad
Por su parte el Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, en su recurso de nulidad y casación de fs. 366-370, acusa la violación del art. 48 con relación al 33 incs. i), ll) y m) de la Ley 1008; pide se case el Auto de Vista y se condene al procesado a la pena de quince años de presidio por el delito de tráfico de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal del Juzgado de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad de
- Que, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Oruro, como Tribunal de alzada,
- Por su parte el Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, en su recurso de nulidad
- CONSIDERANDO: Que, del análisis imparcial y objetivo de los datos del proceso, se ha comprobado
- A lo largo del plenario el incriminado ha tratado de asumir la versión de que
- En el sub-lite, no consta que el Tribunal hubiese designado a los dos especialistas para
- Lo evidente es que el incriminado tenía listo para su comercialización los 228 gramos de
- CONSIDERANDO: Que, conforme al art
- En consecuencia, la Corte ad-quem, al dictar el Auto de Vista recurrido, ha obrado con
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
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