Auto Supremo AS/0262/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0262/2002

Fecha: 20-Jul-2002

Al respecto de la revisión de los antecedentes procesales, se evidencian los extremos siguientes


Al respecto de la revisión de los antecedentes procesales, se evidencian los extremos siguientes:

Si bien es cierto que José Hugo Vargas Villarroel, el demandante, desde el 9 de marzo de 1998 hasta el 9 de abril de 1999, desempeñó el cargo de Asistente Legal y luego la función de Supervisor de Abogados en la institución demandada, percibiendo en los últimos meses de sus servicios la suma mensual de $us. 800.-, no es menos evidente que el contrato privado temporal de servicios de fs. 122-124, por su contenido e interpretación a la común intención de las partes, demuestra que -el demandante- prestó sus servicios profesionales en calidad de "contratista" y por tanto dentro del ámbito jurídico civil, sin ninguna relación obrero patronal, así definida en la cláusula quinta y complementada en la cláusula octava del contrato precitado