Auto Supremo AS/0262/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0262/2002

Fecha: 20-Jul-2002

Consiguientemente, el demandante, no podía pretender el reconocimiento de la indemnización, desahucio, vacación, horas extraordinarias,


Consiguientemente, el demandante, no podía pretender el reconocimiento de la indemnización, desahucio, vacación, horas extraordinarias, trabajos efectuados en días feriados, sábados ni domingos, ya que en los apartados II y III de la cláusula sexta del contrato de servicios referido precedentemente, con plena capacidad y consentimiento, aceptó la obligación de cumplir el horario que le señale la institución, sin poder alegar que este -horario- estaba fuera del contrato