Auto Supremo AS/0262/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0262/2002

Fecha: 20-Jul-2002

Finalmente, el "Servicio de Catastro y Registro Público de los Derechos Reales del Reino de


Finalmente, el "Servicio de Catastro y Registro Público de los Derechos Reales del Reino de los Países Bajos en Bolivia KADASTER", como persona jurídica, fue así demandada y por lo que no infringió las disposiciones de los arts. 56, 58, 329 y 272-3) del Código de Procedimiento Civil, ya que el recurso incoado a fs. 166-167, fue en cumplimiento al mandato conferido por Javier Fausto Flores Siles, representante legal de la institución referida, conforme se infiere del texto del "Acuerdo Marco de Cooperación Básica entre la República de Bolivia y la Organización "Servicio de Catastro y Registros Públicos" que cursa de fs. 115 a 121, y específicamente en el Testimonio del Poder Especial y Suficiente de fs. 110-114, en el que se acreditó su personería sin objeción alguna por parte del demandante, extremo éste que evidencia que en las instancias inferiores intervino en el proceso como representante legal y confiriendo mandatos expresos para la defensa de la institución que dirigía. En efecto, no se advierte ser evidente la insuficiencia del Poder N° 340/2000 de fs. 164, impugnado en el recurso, puesto que, como se tiene expuesto, este instrumento guarda correspondencia con los antecedentes del Testimonio N° 366/99 de fs. 110-114