Auto Supremo AS/0262/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0262/2002

Fecha: 20-Jul-2002

Es más, al haberse rescindido el contrato de consultoría el 9 de abril de 1999,


Es más, al haberse rescindido el contrato de consultoría el 9 de abril de 1999, el demandante, en fecha 14 del mismo mes y año, cobró la liquidación de sus honorarios incluyendo su vacación, conforme consta a fs. 129